Autónomos

Cómo darse de alta como autónomo paso a paso

Los trámites para empezar una actividad por cuenta propia en España: alta en Hacienda, alta en la Seguridad Social, elección de epígrafe, tarifa plana y obligaciones desde el primer día.

10 min de lectura Actualizado: Septiembre 2026Escrito por David Salcedo · Cómo elaboramos el contenido

Darse de alta como autónomo en España es un trámite que puede hacerse online en poco tiempo, pero conviene preparar antes algunas decisiones: qué actividad declaras, en qué régimen de IVA e IRPF tributarás y cuánto vas a cotizar. Esta guía resume los pasos en el orden recomendado.

Antes de empezar: las decisiones previas

  • ¿Autónomo persona física o sociedad? La mayoría de actividades comienzan como persona física, por ser más sencillo y barato. Constituir una sociedad puede compensar con beneficios más altos o cuando se quiere limitar la responsabilidad.
  • ¿Qué actividad vas a desarrollar? Determina el epígrafe del IAE y si eres profesional o empresario, lo que afecta a la retención en tus facturas.
  • ¿Qué ingresos prevés? Determinan tu tramo de cotización y tu cuota. Estímala con la calculadora de cuota de autónomos.
  • ¿Qué precios cobrarás? Antes de lanzarte, calcula tu tarifa mínima con la calculadora de precio por hora.

Paso 1: alta en Hacienda (declaración censal)

El primer trámite es comunicar a la Agencia Tributaria el inicio de tu actividad mediante la declaración censal (modelo 036), que se presenta en la sede electrónica con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.

En ella indicas, entre otros datos:

  • Epígrafe del IAE de tu actividad. Aunque estés exento de pagar el impuesto, debes darte de alta en el epígrafe correcto.
  • Fecha de inicio de la actividad.
  • Domicilio fiscal y, si trabajas desde casa, el porcentaje de la vivienda afecto a la actividad.
  • Régimen de IVA: general, exento, recargo de equivalencia (comercio minorista)…
  • Régimen de IRPF: estimación directa simplificada, normal u objetiva (módulos, solo para algunas actividades).
  • Si realizarás operaciones intracomunitarias (alta en el ROI).

Paso 2: alta en la Seguridad Social (RETA)

Después, debes darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. El alta puede solicitarse con antelación y debe realizarse, como tarde, antes de iniciar la actividad.

En el alta comunicas:

  • Tu previsión de rendimientos netos, que determina tu tramo y tu base de cotización.
  • La mutua colaboradora que gestionará tus prestaciones por incapacidad temporal y contingencias profesionales.
  • Si solicitas la tarifa plana u otras bonificaciones a las que tengas derecho.

Paso 3: otros trámites según tu actividad

  • Licencia municipal de apertura o declaración responsable, si vas a abrir un local.
  • Colegiación, en profesiones colegiadas.
  • Registro de marca o dominio, si tu negocio tiene nombre comercial.
  • Protección de datos: si tratas datos personales de clientes, debes cumplir el RGPD.
  • Cuenta bancaria separada para la actividad (no es obligatoria, pero muy recomendable).

La tarifa plana

Las nuevas altas pueden acogerse a una cuota reducida durante los primeros 12 meses, prorrogable otros 12 si los rendimientos netos no superan el salario mínimo interprofesional. Es necesario no haber estado de alta como autónomo en los años anteriores que marca la normativa y solicitarla en el momento del alta. Consulta los requisitos e importes vigentes en la web de la Seguridad Social.

Tus obligaciones desde el primer día

ObligaciónCuándo
Emitir facturas con todos los requisitosEn cada operación
Pagar la cuota de autónomosMensualmente
Modelo 303 (IVA)Trimestral
Modelo 130 (pago fraccionado IRPF), si te correspondeTrimestral
Modelo 111 (retenciones practicadas), si tienes trabajadores o pagas a profesionalesTrimestral
Modelo 115 (retenciones de alquiler), si alquilas un localTrimestral
Modelo 390 (resumen anual de IVA)Enero
Declaración de la rentaAnual
Llevar los libros registro de ingresos y gastosSiempre

Para las facturas, puedes empezar con nuestra plantilla gratuita, y para estimar los pagos trimestrales, con la calculadora de los modelos 303 y 130.

¿Necesito una gestoría?

No es obligatoria. Muchos autónomos con actividades sencillas gestionan sus propias declaraciones con la ayuda de la sede electrónica y de programas de facturación. Una gestoría puede compensar si tienes operaciones internacionales, trabajadores, varias actividades o simplemente prefieres dedicar ese tiempo a tu negocio. Su coste es gasto deducible.

Errores habituales al empezar

  1. Darse de alta tarde en la Seguridad Social, lo que puede suponer recargos.
  2. Elegir mal el epígrafe, lo que afecta a retenciones y regímenes de IVA.
  3. No prever los pagos trimestrales y encontrarse sin liquidez en abril o julio.
  4. Subestimar los rendimientos para pagar menos cuota y sufrir después una regularización.
  5. Mezclar las finanzas personales y las del negocio.
  6. No crear un colchón: los ingresos de un autónomo son irregulares. Calcula el tuyo con la calculadora de fondo de emergencia, eligiendo la opción de ingresos variables.

Los trámites y requisitos pueden cambiar. Consulta la información oficial de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social antes de darte de alta.

Aplícalo a tus números

Este contenido tiene carácter educativo y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni legal. Las cifras de los ejemplos son ilustrativas. Consulta con un profesional antes de tomar decisiones relevantes.