Calculadora de Factura con IVA e IRPF

Desglosa cualquier factura en base, IVA, retención y líquido a cobrar, en los dos sentidos

Por David Salcedo · Actualizado: Septiembre 2026 · Gratis y sin registro

Importes en euros: aplica la normativa fiscal española

¿Cuánto cobro por esta factura?

Pon el precio de tu trabajo sin IVA y a quién facturas: te calculamos el IVA, la retención y lo que te llegará a la cuenta.

€
¿A quién facturas?

Te llegará a la cuenta

1060,00 €

La factura suma 1210,00 € con IVA. Tu cliente retiene 150,00 € y los ingresa en Hacienda a tu nombre.

Total de la factura, repartido:
  • Para ti850,00 € (70 %)
  • Retención IRPF150,00 € (12 %)
  • IVA (para Hacienda)210,00 € (17 %)
Base imponible
1000,00 €
IVA (21 %)
+ 210,00 €
Total factura
1210,00 €
Retención (15 %)
− 150,00 €

Calculado suponiendo:

  • IVA general del 21 %.
  • Retención de IRPF del 15 % (profesionales).

Introduce la base imponible para ver el total de la factura y lo que recibirás, o introduce lo que quieres cobrar y obtén la base que debes facturar. Incluye los tipos de IVA y de retención más habituales en España.

Qué lleva una factura de autónomo

Una factura de un autónomo en España combina tres importes: la base imponible (el precio de tu trabajo), el IVA que repercutes a tu cliente y, en muchos casos, la retención de IRPF, que tu cliente descuenta y paga a Hacienda en tu nombre. Entender qué parte de cada factura es realmente tuya es la base para no tener problemas de liquidez cuando llegan los pagos trimestrales.

Los tipos de IVA

TipoCuándo se aplica (ejemplos)
21 % generalLa mayoría de servicios profesionales: consultoría, diseño, programación, marketing, reformas
10 % reducidoHostelería, transporte de viajeros, algunas obras de renovación de vivienda
4 % superreducidoPan, leche, libros, medicamentos de uso humano
ExentoDeterminados servicios sanitarios, educativos reglados, seguros y operaciones financieras

Si tu actividad está exenta, la factura no lleva IVA, pero debes indicar el motivo y el artículo de la Ley del IVA que lo ampara. Ante la duda sobre qué tipo te corresponde, consulta con la Agencia Tributaria o con tu asesor.

La retención de IRPF: cuándo sí y cuándo no

La retención es un pago a cuenta de tu IRPF. Tu cliente la resta de lo que te paga y la ingresa en Hacienda trimestralmente. Al hacer tu declaración de la renta, esas retenciones se descuentan del impuesto que te corresponde.

Llevan retención, en general:

  • Las facturas de actividades profesionales (las incluidas en la sección de profesionales del IAE: abogados, arquitectos, diseñadores, consultores, programadores…) emitidas a empresas o autónomos.

No llevan retención:

  • Las facturas a particulares (consumidores finales).
  • En general, las actividades empresariales en estimación directa (comercio, hostelería, oficios), con excepciones.
  • Las facturas a clientes extranjeros sin establecimiento en España.

El tipo general es el 15 %. Los profesionales que inician actividad pueden aplicar el 7 % el año de inicio y los dos siguientes, siempre que no hayan ejercido actividades profesionales el año anterior. Para aplicarlo, debes comunicar por escrito a tu cliente que cumples los requisitos.

Cálculo inverso: facturar para cobrar un neto

A veces el punto de partida es lo que quieres recibir. La base se obtiene dividiendo el importe neto entre (1 + tipo de IVA − tipo de retención):

Base = Líquido / (1 + IVA − Retención)

Con IVA del 21 % y retención del 15 %, el divisor es 1,06. Para cobrar 1.060 € en tu cuenta, la base debe ser 1.000 €. El error típico es sumar y restar porcentajes sobre el importe final, lo que da cifras que no cuadran.

Qué parte del cobro es realmente tuya

De una factura de 1.000 € de base con IVA al 21 % y retención al 15 %, cobras 1.060 €, pero:

  • 210 € son IVA: tendrás que ingresarlos en el modelo 303, menos el IVA deducible de tus gastos.
  • 1.000 € son tu ingreso, del que todavía tendrás que pagar cuota de autónomos, gastos e IRPF. Parte de ese IRPF (150 €) ya lo ha adelantado tu cliente.

Una práctica muy recomendable es transferir el IVA de cada cobro, y un porcentaje adicional para el IRPF si no te retienen, a una cuenta separada. Así, cuando llegan los plazos trimestrales, el dinero ya está apartado. Puedes estimar esos pagos con la calculadora de los modelos 303 y 130.

De la calculadora a la factura

El desglose es solo una parte de la factura. Además, debe incluir número, fecha, datos fiscales de ambas partes y descripción de la operación, entre otros requisitos. Los explicamos con detalle en la guía requisitos de una factura, donde también puedes descargar una plantilla gratuita con todos los campos obligatorios.

Ejemplos con números reales

Base conocida

Ejemplo 1: Diseñadora que factura 1.000 € a una empresa

Una diseñadora gráfica autónoma factura un proyecto de 1.000 € de base a una agencia, con IVA del 21 % y retención del 15 %.

Resultado: IVA: 210 €. Total factura: 1.210 €. Retención: 150 €. Cobrará 1.060 €, de los cuales 210 € deberá ingresar después en el modelo 303.

Cálculo inverso

Ejemplo 2: Quiero cobrar 2.000 € limpios en la cuenta

Un programador en su segundo año de actividad (retención del 7 %) necesita recibir 2.000 € en su cuenta por un encargo.

Resultado: Debe facturar una base de 1.754,39 €: IVA de 368,42 €, retención de 122,81 € y líquido de 2.000 €. Recuerda que el IVA no es tuyo: tu ingreso real es la base.

Preguntas frecuentes

1

¿La retención se calcula sobre la base o sobre el total con IVA?

Siempre sobre la base imponible. Es un error frecuente calcular el 15 % sobre el total con IVA, lo que da una retención incorrecta.

2

¿Cuándo tengo que aplicar retención en mis facturas?

Cuando realizas actividades profesionales y facturas a una empresa o a otro autónomo. Si facturas a un particular, no hay retención. Las actividades empresariales en estimación directa, en general, tampoco llevan retención, salvo excepciones.

3

¿Quién puede aplicar la retención del 7 %?

Los profesionales que inician actividad, durante el año de inicio y los dos siguientes, siempre que no hayan ejercido ninguna actividad profesional en el año anterior. Debes comunicárselo por escrito a tu cliente.

4

¿El IVA que cobro es un ingreso?

No. El IVA que repercutes lo recaudas por cuenta de Hacienda. Cada trimestre ingresas la diferencia entre el IVA cobrado y el IVA pagado en tus gastos deducibles, mediante el modelo 303.

5

¿Puedo emitir la factura con esta calculadora?

La calculadora solo hace el desglose. Para emitir la factura necesitas incluir todos los datos obligatorios; puedes usar nuestra plantilla descargable o un programa de facturación.

Cómo se calcula una factura con IVA y retención

El IVA y la retención se calculan siempre sobre la base imponible, nunca uno sobre el otro. El IVA se suma porque lo pagas tú a Hacienda después de cobrarlo a tu cliente; la retención se resta porque tu cliente la ingresa directamente en Hacienda como adelanto de tu IRPF. Para calcular la base a partir del importe que quieres cobrar, se divide entre (1 + IVA − retención).

Líquido = Base + Base × IVA − Base × Retención
BaseBase imponible
Precio de tu servicio o producto sin impuestos. Es tu ingreso real a efectos de IRPF.
IVAImpuesto sobre el Valor Añadido
21 % general, 10 % reducido o 4 % superreducido según la actividad. Lo repercutes al cliente y lo declaras en el modelo 303.
RetenciónRetención de IRPF
15 % general para profesionales, 7 % en el año de inicio y los dos siguientes. Solo se aplica cuando el cliente es empresa o autónomo.
LíquidoImporte a cobrar
Lo que realmente llega a tu cuenta: total de la factura menos la retención.

Guías para profundizar